Preguntas frecuentes sobre reclamos de accidentes de tránsito
¿Está presentando un reclamo por accidente de tránsito? Siga leyendo para conocer las respuestas a algunas de las preguntas más comunes.
P: ¿Puedo recibir una compensación incluso si el accidente fue mi culpa?
R: El hecho de que pueda recibir una compensación si el accidente fue culpa suya depende de las leyes de su estado. Algunos estados no consideran la culpa con respecto a ciertos daños y, en esos estados, parte de sus pérdidas económicas pueden ser pagadas por su propia póliza sin culpa (no-fault policy). Otros estados sí consideran la culpa, pero aun así es posible que pueda obtener una compensación por sus lesiones, incluso si el accidente fue parcialmente culpa suya. Sin embargo, en ese caso, se le puede exigir que demuestre que la culpa de la otra parte fue mayor que la suya, o que reduzca el monto de su indemnización según su porcentaje de culpa.
P: ¿A quién puedo demandar para recuperar mis daños y perjuicios?
R: En algunos casos, la víctima de un accidente puede demandar a otras partes además del conductor culpable. Por ejemplo, si el conductor culpable no era el dueño del automóvil, el propietario del vehículo también podría ser responsable de sus daños. Si el conductor culpable estaba bajo los efectos de un consumo excesivo de alcohol, usted podría presentar una demanda bajo la ley de responsabilidad de establecimientos de bebidas alcohólicas (“dram shop” complaint) contra el negocio que le sirvió alcohol al conductor a pesar de que este se encontraba visiblemente intoxicado. En ciertos casos, se puede iniciar una acción contra otra parte, como el fabricante del automóvil o una empresa de construcción, si un defecto en el vehículo o en la carretera causó el accidente. Si en el accidente estuvo involucrado un camión de carga (tractor-trailer), la violación de las normas y regulaciones por parte del conductor puede ser la base para una demanda contra él o contra su empleador.
P: ¿Cuánto vale mi caso?
R: El valor de un caso depende de una variedad de factores y no se puede determinar sin analizar la información relativa a la lesión, los gastos médicos, la pérdida de ingresos y la permanencia de la lesión. No existe una regla general, y cada conjunto de hechos da lugar a un monto diferente de daños y perjuicios.
P: ¿Tendré que ir a los tribunales?
R: No necesariamente. Muchos casos de accidentes de vehículos motorizados se concluyen incluso sin presentar una demanda. La mayoría de las demandas se resuelven sin llegar a un juicio real. Un acuerdo evita los costos y el retraso de un juicio, y puede dar como resultado una mayor recuperación neta. Sin embargo, si el caso no se puede resolver en términos satisfactorios, puede ser necesario ir a juicio.
P: ¿De dónde vendrá el dinero para compensarme?
R: Por lo general, en muchos estados la compañía de seguros de la parte culpable paga por sus daños y perjuicios. Si se encuentra en un estado sin culpa (no-fault state), su propio seguro podría pagar una parte de sus daños. En caso de que la parte culpable no tenga un seguro adecuado, su propia póliza de seguro podría incluir una cobertura que lo compense por sus lesiones.
P: ¿Qué debo hacer si no puedo pagar un abogado?
R: Muchas firmas de abogados aceptarán llevar un reclamo por lesiones personales bajo un acuerdo de honorarios de contingencia (contingent fee), lo que significa que los honorarios de la firma se descuentan de la cantidad que logren cobrar para usted. Si no se recupera ningún monto, la firma no recibe honorarios; sin embargo, el cliente suele ser responsable de los gastos reales, tales como las tarifas de presentación ante el tribunal o los honorarios de los testigos, independientemente de si gana o pierde el caso.
P: ¿Tengo que ver a un médico?
R: Si resulta herido en un accidente automovilístico, debe buscar atención médica. Independientemente de si tiene un reclamo por accidente de tránsito o no, un médico debe examinarlo, tanto para su propia tranquilidad como para documentar la lesión en apoyo de su reclamo. Con frecuencia, las lesiones por accidentes automovilísticos no son evidentes de inmediato. En cuanto aparezcan los primeros síntomas, acuda a su médico de cabecera, a la sala de emergencias de un hospital o a otro profesional médico para obtener ayuda.
P: ¿Qué tan pronto debo presentar mi reclamo?
R: Cada estado establece un límite de tiempo para presentar un reclamo por lesiones personales. Tanto la duración de ese período como la forma en que se mide en los casos de accidentes de vehículos motorizados varían de un estado a otro. Incluso dentro de un mismo estado, el período de tiempo puede variar según las circunstancias que rodeen al accidente, tales como la edad del demandante, el tipo de reclamo por lesiones personales, los hechos particulares que dieron lugar a la lesión y el momento en que esta se descubre. Debe estar absolutamente seguro de conocer el período límite de tiempo que se aplica a su caso, o correrá el riesgo de perjudicar sus derechos legales.
P: ¿Debería aceptar un cheque del conductor culpable o de su compañía de seguros?
R: Aceptar un cheque puede interpretarse como un acuerdo de conciliación que le impide obtener montos adicionales del conductor culpable o de su compañía de seguros. Por lo tanto, no debe aceptar un cheque ni firmar un descargo de responsabilidad (release) del conductor culpable o de su aseguradora sino hasta después de haberlo consultado con un abogado. Por lo general, un abogado le recomendará esperar para aceptar un cheque hasta que haya concluido su tratamiento médico y haya sido dado de alta por un doctor, de modo que tenga la certeza de recibir una cantidad que cubra adecuadamente sus facturas médicas y otros daños. Un ajustador de seguros puede presionarlo para resolver el reclamo por la cantidad más baja posible y puede desaconsejarle que se comunique con un abogado. Si es así, debe ignorar su consejo y consultar a un abogado de inmediato antes de aceptar cualquier pago, firmar cualquier descargo o resolver de otro modo su reclamo por accidente de tránsito; esto le asegurará recibir una compensación justa y evitará poner en riesgo su derecho a una recuperación total y equitativa.
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